Las sentencias por secuestro inverso cada vez más frecuentes. Ojo con “las marcas”

 

Un secuestro inverso es cuando una empresa quiere apoderarse de un dominio por la vía “legal”, o sea, demandando a su actual propietario, y no sólo pierde la demanda si no que el comité de arbitraje cree que ha habido abuso de poder, o que el demandante ha tenido mala fe en su demanda.

 

Cada vez hay más sentencias de secuestro inverso y, por lo tanto, no sólo no dan la razón y el dominio a la marca demandante, si no que imponen al demandante una multa, en este ultimo caso de 5.000 $. Ver caso

 

La cuestión es que hay casos clarísimos de cyberocupación, y por lo tanto en los que podemos reclamar el dominio y ganar la causa, pero en un entorno global en el que intentamos defender o recuperar una marca registrada desde España y para recuperar un dominio registrado por un “Australiano” en el que los casos pueden estar menos claros o así verlo un tribunal en Australia o en Hawai … (marcas similares en ese país, aunque sean registradas con posterioridad)

 

Lo mejor es no llegar a tener que demandar.. gastos de abogados, incertidumbre en la sentencia y ahora posible multa por intento de secuestro de dominio (aunque nos creamos con la razón)

 

Para ello una política activa de vigilancia de marca y reputación en internet es imprescindible y ahora, además, el registro de la marca en Internet. Ver.

 

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